No se requiere la constitución de Comisión de Control y por tanto es de implantación y gestión sencilla, eliminando los trámites burocráticos y administrativos. Los gastos de gestión son mínimos.
Al garantizar un tipo de interés, se elimina el riesgo de volatilidad de los mercados, dando al trabajador la seguridad de conocer en cada momento que cuantía cobrará en el momento de la jubilación.
Adicionalmente se garantiza una participación en beneficios.
La contratación de un PPSE es un compromiso por pensiones, por lo que debe sustentarse en un acuerdo entre empresa y trabajadores y no existe posibilidad de rescate a favor de la empresa, por lo que las aportaciones pasan a formar parte del patrimonio del empleado.
Además el trabajador tiene la opción de recuperar lo aportado en caso de desempleo o enfermedad grave.
El límite máximo legal para las aportaciones del empleado es de 1.500 euros al año independientemente de la edad que se tenga. Además del límite indicado anteriormente, si hubiera contribuciones empresariales, el empleado podrá realizar aportaciones que fueran iguales o inferiores a las del empleador, hasta un máximo conjunto de 8.500 euros.
Las aportaciones son 100% deducibles de la Base Imponible del IRPF
Las aportaciones que realice la empresa a sus empleados no cotizan en la Seguridad Social, están exentas de retención de IRPF y tienen la consideración de gasto fiscalmente deducibles.
Aseguradora
BBVA SEGUROS S.A., DE SEGUROS Y REASEGUROS, inscrita en el Registro de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones con la clave C-0502