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Seguro de vida ahorro de prima única mediante el cual, a cambio de una aportación inicial, en efectivo o procedente del traspaso de un PIAS de BBVA/CX/Unnim, el asegurado obtiene una renta mensual vitalicia constante. En caso de fallecimiento, los beneficiarios designados percibirán un capital cuyo importe dependerá de la fecha de ocurrencia del fallecimiento.
El asegurado percibe una renta mensual vitalicia constante desde la fecha de inicio de pago establecida y hasta el momento de su fallecimiento.
Los beneficiarios perciben un único capital al fallecimiento, quedando definido en función de los años trascurridos desde la constitución de la renta vitalicia:
Años desde la constitución de la renta vitalicia | Porcentaje Capital Fallecimiento |
---|---|
1º | 95% de la prima |
2º | 90% de la prima |
3º | 85% de la prima |
4º | 80% de la prima |
5º | 75% de la prima |
6º | 70% de la prima |
7º | 65% de la prima |
8º | 60% de la prima |
9º | 55% de la prima |
10º en adelante | 50% de la prima |
El pago de la renta mensual vitalicia ¿tiene caducidad a partir de algún momento? ¿Está garantizada viva lo que viva el cliente?
BBVA Seguros tiene el compromiso de satisfacer el abono mensual de la renta al cliente para toda la vida, independientemente de que el cliente viva más o menos años. Por lo tanto, Rentas Seguridad ofrece al cliente seguridad y garantía vitalicia como complemento a los ingresos del cliente.
¿Cómo me beneficia fiscalmente Rentas Seguridad BBVA?
Las rentas mensuales percibidas tienen la consideración fiscal de rendimientos del capital mobiliario. Sin embargo, no toda la renta está sujeta a tributación. Así, según la edad del cliente al contratar el producto se aplicará un determinado porcentaje de renta exento. En el caso óptimo, a partir de los 70 años, el porcentaje sujeto se reduce hasta el 8%, lo que se concreta en un tipo efectivo de tributación del 1,52%.
Edad del perceptor de la renta | %sujeto a tributación |
---|---|
50 – 59 años | 28 % |
60 – 65 años | 24 % |
66 – 69 años | 29 % |
A partir de 70 años | 8 % |
¿Es posible acogerse a la exención de tributación de plusvalías generadas de una trasmisión patrimonial en caso de invertir el importe de la venta en un Rentas Seguridad BBVA?
Sí, es posible. Quedarían exentas las ganancias generadas por la venta de activos si el importe de la misma se destina a constituir una renta vitalicia:
¿Es posible rescatar el producto cuando el asegurado lo desee? ¿se puede considerar la liquidez como un atributo del mismo?
Rentas Seguridad BBVA puede cancelarse en cualquier momento, no obstante, el rescate se realiza siempre a valor de mercado por lo que podría producirse un coste por desinversión. Este importe estará limitado como máximo a la prestación por fallecimiento, Por este motivo la liquidez no puede considerarse un atributo en este producto.
¿Qué implicaciones fiscales tiene rescatar Rentas Seguridad BBVA?
La contratación de Rentas Seguridad nos proporciona importantes ventajas fiscales, permitiendo dejar exenta una parte considerable de las rentas percibidas. En caso de cancelar el contrato rompemos con el compromiso vitalicio del producto que proporciona tales ventajas por lo que deberemos ajustar con Hacienda las cantidades por las que se ha dejado de tributar a lo largo del tiempo en que el mismo ha estado en vigor. Además, en caso de haber utilizado el producto para la exención de plusvalías procedentes de la transmisión de un elemento patrimonial, la cancelación del producto supondría tener que ajustar con Hacienda el importe exento por el que no se ha tributado. El objetivo, por tanto, de Rentas Seguridad BBVA es conservar el carácter vitalicio del producto como complemento al resto de ingresos obtenidos por el cliente, disfrutando de buenas rentabilidades gracias a la inversión a largo plazo y la fiscalidad favorable de las rentas obtenidas.
BBVA SEGUROS, S.A., DE SEGUROS y REASEGUROS, inscrita en el Registro de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones con la clave C-0502.
BBVA MEDIACIÓN, OPERADOR DE BANCA-SEGUROS VINCULADO, S.A., inscrita en el Registro administrativo de distribuidores de seguros de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones con la clave OV-0060. Tiene concertado seguro de responsabilidad civil profesional.